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DIAN: Como ejercer la actividad profesional del cambio PDF Imprimir E-mail

 

  • El ejercicio para ejercer la actividad de compra y venta de divisas es autorizado por la entidad a través de una resolución, previo el cumplimiento de unos requisitos y unas condiciones.
  • El trámite ante la DIAN se debe realizar mediante solicitud escrita y presentación personal sin necesidad de tramitador y la autorización depende única y exclusivamente del cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en la norma.

La Subdirección de Gestión Control Cambiario, de la Dirección de Fiscalización de la DIAN, alerta a sus clientes, contribuyentes y ciudadanía en general y en especial a los profesionales del cambio, que el trámite para la obtención de la resolución que autoriza el ejercicio de compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajero para residentes en el país, es gratuito.

Presuntamente en establecimientos y sedes de negocios en Rumichaca - Ipiales, se está cobrando a los interesados en solicitar la autorización para ejercer la actividad de compra y venta de divisas ante la DIAN, aduciendo que se debe consignar a nombre de la entidad una cantidad de dinero. Para lograr engañar a las personas se les hace diligenciar el recibo de pago 690.

La normatividad aplicable en cuanto a los requisitos y las condiciones para ejercer la actividad como profesional de compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajero de las personas residentes en el país puede ser consultada en la siguiente dirección:

 

Para ampliar información puede acceder al portal de la entidad www.dian.gov.co o a las líneas gratuitas nacional 01 8000 514 090 y en Bogotá 3256800